Consejeros
del Instituto Nacional del Teatro
Presente
Ref.:
COMUNIDAD TEATRAL TUCUMANA.
REUNIÓN SÁBADO 1 DE AGOSTO 2015.
Consideraciones
generales.
En primera
instancia, expresamos nuestra disconformidad y nuestro rechazo a los
extremos que, en materia de facultades del Director ejecutivo y de sus
relaciones funcionales con el resto del Consejo de dirección, habrían
alcanzado los diferendos entre sus integrantes, según puede
desprenderse de la información directa que tuvimos ocasión de recibir de
la representante de la región NOA y del representante provincial, Cristina Idiarte
y José Ramayo, respectivamente, en la
reunión del 28 de julio ppdo., convocada por este último y a la que
asistieran ambos.
Más allá de las lecturas de
las actas de Consejo números 264 del 5/8/09 (que contiene Reglamento
interno del Consejo), 478 del 24/6/15 (que transcribe dictamen de Asesoría
letrada del Ministerio de Cultura), 479 y 480, nos queda claro que se trata de
un conflicto de opiniones e intereses contrapuestos para cuya elucidación y
juzgamiento carecemos de la suficiente información. No obstante nuestro escaso
conocimiento acerca del proceso que se habría venido dando desde hace ya
algunos años, los escasos elementos de juicio a nuestro alcance indicarían
que el mismo, en apariencia, reconocería antecedentes desde la designación
misma del señor Parodi y habría desembocado ahora en el terreno de
una controversia con caracteres políticos y litigiosos de variada complejidad y
difícil determinación.
En efecto, todo parecería
indicar, no obstante las salvedades previas, que estarían agotadas las
instancias en sede administrativa por cuanto ha mediado, inclusive, un dictamen
de la Procuración
del Tesoro de la Nación
cuyo contenido nos llega recién en la víspera de la presente
reunión pero que, en una primera lectura y según los convocantes,
sería favorable a las posiciones mantenidas por el Director ejecutivo
y por aquellos integrantes del Consejo que acompañan su posición (aunque
la nota de la Procuración
aclara que, por haberse concluido el trámite que motivó la consulta, su
respuesta inviste carácter de “colaboración”). Cabe señalar que el escrito se
funda principalmente en el opinable principio jurídico de que “lo que no está expresamente
prohibido está permitido”, adjudicándole a éste dudosa validez absoluta y universal.
En nuestra reunión del sábado 1 de agosto, ya sin la presencia de
Cristina Idiarte y de José Ramayo, resolvemos:
1. Exigir que el Consejo de
dirección y el Director ejecutivo se abstengan de innovar en los procedimientos
y criterios que, en materia de facultades, se venían aplicando desde la
creación del INT.
2. Que el Director ejecutivo,
juntamente con la
Secretaría del Consejo, dispongan que se subsane, de
inmediato, la situación de demoras y perjuicios que ocasiona la
controversia en las distintas áreas funcionales, al haber congelado
proyectos, realizaciones y liquidaciones y teniendo como pendientes sin
ejecutar numerosos pedidos y trámites, lo que ocasiona serios problemas a
salas, grupos y teatristas en general que ya tienen compromisos adquiridos y/o
afrontados y siguen cumpliendo con la responsabilidad de mantener abiertas sus
puertas y vigente su actividad.
3) Compartir algunos de los conceptos expresados en el
pronunciamiento de la comunidad teatral de Jujuy, permitiéndonos, a modo de
síntesis, extractar lo siguiente:”En
concordancia con otras provincias de la región y del país, expresamos una
postura de alerta y defensa de la
Ley 24.800, que dispone la soberanía federal a partir del
Consejo de Dirección como autoridad del Instituto Nacional del Teatro,
repudiando el accionar de cualquiera de los miembros del Consejo
Directivo, incluido su Director Ejecutivo, así como cualquier Representante provincial
que se atribuya poderes no contemplados por la citada ley. La comunidad
teatral no puede permitir que ninguna acción antifederal desvirtúe los años de
lucha de artistas independientes”.
4)
Señalar que,
por la propia naturaleza colectiva y democrática de la producción teatral y en
los umbrales mismos de cualquier posible consideración política, la comunidad teatral tucumana rechaza y
condena cualquier intento de poder hegemónico de un sector sobre otro
o de determinados cargos directivos sobre otros mediante interpretaciones
forzadas de las normas que se venían aplicando desde la creación del INT. En
todo caso, lo que se está necesitando antes que nada es sí una fuerte pelea
interna para mover (y conmover a) la
pesada máquina burocrática que han ido montando las sucesivas conducciones en
lugar de haber priorizado un eficiente y ágil cumplimiento de las demandas que
formulamos los teatristas independientes, es decir quienes dimos origen y
seguimos dotando de sentido a la existencia del INT.
Consideraciones complementarias. Entendemos imperioso que
la política del INT retome y respete la premisa de que los representantes
provinciales en realidad son mandatarios de su respectiva comunidad ante el
Consejo y el personal del INT y no a la inversa, deformación que se vino dando
en estos años. En virtud de la aludida premisa, nos permitimos exhortar enfáticamente
al Consejo de dirección para que se aplique a la recuperación y el refuerzo del
carácter democratizador que alguna vez tuvo el intercambio con la base de la
pirámide institucional y la obligatoriedad de socializar la comunicación e
información que “baja” a nosotros. Ello debería hacerse en reuniones a convocar
por cada representante en su respectiva
provincia con una periodicidad que debería muy pronto dejarse establecida
(Recordar que no corresponde volver a las bases sólo cuando se requiere apoyo
para defender posiciones personales o institucionales. Un contacto fluido, vivo
y permanente tal vez habría impedido arribar a los extremos de los que hoy nos
tenemos que ocupar).
Por último y aunque no haga
directamente al tema bajo análisis, transcurridos ya 18 años desde la puesta en
marcha del INT, sería aconsejable estudiar, con carácter de urgente, una
reforma del Reglamento interno del Consejo para ajustar clara y taxativamente las
imprevisiones y ambigüedades que contiene respecto de facultades, derechos, deberes
y funciones de los distintos integrantes del Cuerpo.
Todo
lo precedente
intenta ser un aporte positivo para saldar
los desacuerdos y devolver el tránsito institucional a sus cauces naturales,
habida cuenta de que el objetivo
superior tanto de la Ley
como del INT consiste en ganar más espectadores para un teatro cada vez mejor,
sin claudicar de la convicción de que la actividad está asentada básicamente sobre
el esfuerzo personal y patrimonial, el estudio y el eventual talento de quienes
elegimos esta profesión en un país que se pretende federal.
San Miguel de Tucumán, 1 de
agosto de 2015.
FIRMAN: Leonardo Goloboff
(autor, director), Marcos Acevedo
(actor, director, coreógrafo), Raúl Reyes (docente, director, titular de sala),
Fernando Ríos (actor, titular de sala), Teresita Guardia (directora, titular de
sala), Patricia García (directora, actriz, docente), Juan Tríbulo (actor,
director, investigador, docente), Pablo Gigena (actor, director, autor, titular
de sala), Soledad Barreto (dramaturga, fundadora Centro C. Mate Cocido),
Guillermo Tobchi (actor, director), José Luis Alves (autor, actor, director,
titular de sala), Lucas Rodríguez (gestor cultural, titular de sala), Juan
María Cánepa (representante de sala), Dany Aráoz Tapia (actor)
ADHIEREN: Mario Ramírez (actor,
director, músico), Leandro Ortega (actor, gestor teatral), ………………… AGRÉGUENSE A
CONTINUACIÓN OTROS NOMBRES QUE ADHIEREN, SIGUIENDO ESTE MODELO (Nombre, apellido y
actividad principal).
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